El Senado de la República demandó a los tres niveles de gobierno la aplicación estricta de las responsabilidades fiscales y administrativas contempladas en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. El llamado busca terminar con la omisión institucional en la vigilancia de las rutas terrestres, cuya falta de supervisión local contribuyó de manera directa a que se registraran 16,654 muertes en el último año.
La secretaria de la Comisión de Ciudades Sostenibles, Mariela Gutiérrez Escalante, puntualizó que el Estado mexicano está obligado a garantizar las condiciones materiales de seguridad debido a la reforma que elevó la movilidad a rango constitucional. El Artículo 4° de la Carta Magna mandata de forma vinculante que las vías públicas deben contar con criterios de eficiencia, inclusión, sostenibilidad e igualdad.
La legislación de movilidad, promulgada en mayo de 2022 tras el incremento de víctimas iniciado en 2020, delimita las facultades concurrentes que los ayuntamientos y gobiernos estatales deben ejecutar en sus respectivas demarcaciones. A pesar de la existencia de este marco legal, el promedio anualizado de decesos se ha estancado en 15,874 casos, evidenciando fallas en la cadena de fiscalización.
La fiscalización de los límites de velocidad en las carreteras federales y estatales se presenta como el punto crítico de la inacción administrativa. El reporte del Instituto Mexicano del Transporte demostró que el 8% de los siniestros ocurridos en la red federal se derivan de la falta de dispositivos de control de velocidad y de sanciones efectivas a los infractores.
El control de la conducción bajo los efectos del alcohol también muestra rezagos en la implementación de operativos locales permanentes. El cruce de datos con el INEGI revela que el 4.3% de los choques graves involucran a conductores con niveles de alcoholemia positivos, situación que la normativa vigente ordena prevenir mediante el uso de alcoholímetros homologados.
Los gobiernos locales poseen la atribución legal de modificar el diseño vial y aplicar multas severas para mitigar el riesgo en las zonas de alta concentración turística, como playas y pueblos mágicos. La corresponsabilidad señalada por la cámara alta implica que la falta de presupuestos asignados a la prevención vial constituye una vulneración al derecho humano de tránsito seguro.
Los registros técnicos indican que la falta de infraestructura adecuada afecta principalmente a los usuarios de motocicletas, quienes encabezan las listas de mortalidad en el sector de 18 a 24 años. La falta de segregación de carriles y la laxitud en la expedición de licencias por parte de los estados agravan las tasas de defunción, que alcanzan los 19 casos por cada 100,000 habitantes en jóvenes.
